Primera línea de subvención Contratación laboral de cuidadores
La primera línea de subvención se dirige a la contratación laboral de cuidadores cualificados y empleados del hogar. Son ayudas para la contratación de personas desempleadas para el cuidado de hijos, personas con discapacidad o dependencia, que varían en función de diferentes cuantías y condiciones:
–2.000 euros por cada contrato temporal de cuarenta horas semanales y duración mínima de cuatro meses.
–4.000 euros por cada contrato por tiempo idefinido de cuarenta horas semanales.
-La subvención se incrementará en 500 euros en el caso de familias monoparentales, familias numerosas y aquellas en las que haya algún miembro en situación de violencia de género o de dependencia severa, gran dependencia o con un grado de discapacidad igual o superior al 50%.
-Si el contrato es inferior a 40 horas semanales, la subvención se reducirá en la misma proporción que la duración de la jornada que, en todo caso, deberá ser igual o superior a 20 horas semanales.
-Además, en coordinación con estas ayudas, la Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales creará una bolsa de empleo de cuidadores, que facilitará la disponibilidad de trabajadores en este campo para cubrir esta demanda de forma ágil, ha informado su titular.
Segunda línea Reducción de la jornada de trabajo
En este caso, son ayudas destinadas a personas que tengan que dedicar parte de su jornada al cuidado de hijos menores de 14 años, o hasta 18 años en caso de diversidad funcional, personas con discapacidad igual o superior al 50% o personas con dependencia.
-Serán subvencionables con un importe de 2.000 euros las reducciones de jornada laboral en un 50% durante un mínimo de seis meses.
-Igualmente, la subvención se incrementará en 500 euros en el caso de familias monoparentales, familias numerosas y aquellas en las que haya algún miembro en situación de violencia de género o de dependencia severa, gran dependencia o con un grado de discapacidad igual o superior al 50%.
Plazo de solicitud,
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de contratación del trabajador o desde la fecha de reducción de la jornada laboral del solicitante, sin perjuicio de lo previsto en la Disposición transitoria primera de la Orden reguladora, por la que los contratos y reducciones de jornada que se hayan producido desde el 9 de marzo de 2020 y hasta la publicación de la presente convocatoria que cumplan los requisitos exigidos en la Orden de convocatoria, podrán presentar solicitud de subvención en el plazo de un mes a partir de la publicación de la convocatoria (Fecha de publicación: 2 de febrero de 2021)
La fecha límite para la presentación de solicitudes con cargo a esta convocatoria es el 15 de diciembre de 2021.
Más información Oficina electrónica, 941-291100, Ext 33151