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Santo Domingo de la Calzada
lunes, 16 de junio de 2025

Medidas de prevención e higiene contra el COVID 19

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Debido al repunte de casos y teniendo en cuenta el riesgo de contagio de la enfermedad en las actividades en las que coinciden agrupaciones de personas, se establecen las siguientes medidas en toda La Rioja:

  • Reuniones sociales: Se limita a 6 personas el número de personas que pueden estar reunidas tanto en espacios públicos como privados, con las excepciones que se especifican en el Acuerdo de Gobierno de 1 de septiembre de 2020, modificado por otro de 7 de septiembre.
  • Establecimientos de hostelería, restauración, bares, cafeterías, sociedades gastronómicas o recreativo-culturales: Se garantizará una distancia mínima entre los clientes de mesa o agrupaciones de mesa de 1,5 metros, con un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de ellas, tanto en el interior del local como en la terraza.
  • Museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales: En aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos, se limitará la asistencia a grupos de 6 personas, incluido el monitor guía. Se deben establecer las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.
  • Ejercicio físico y deporte al aire libre: El ejercicio físico al aire libre podrá practicarse en grupos de un máximo de 6 personas, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, especialmente en relación con el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros cuando no se trate de grupos de connivencia estable y la utilización de mascarillas.
  • Actividad cinegética: El grupo de cazadores no podrá superar las 6 personas.
  • Pesca recreativa: No estarán permitidos grupos de personas de más de 6 personas.
  • Turismo activo y de naturaleza, centros de interpretación y similares: Se permiten las actividades de guía turístico que se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 6 personas.
  • Actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil: Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 6 personas, incluido el monitor. Las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos. Hay excepciones: Estos límites no se aplicarán a personas convivientes y no afectarán a las excepciones que se especifican en el Acuerdo de Gobierno de 1 de septiembre de 2020, modificadas por otro de 7 de septiembre.
  • Venta de Alcohol: Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con la que operen, excepto en hostelería, bares, cafeterías y restaurantes.

                          Recomendaciones

Además, se ha recomienda la limitación a la ciudadanía riojana, todo lo posible, de la libre circulación fuera de su respectivo municipio, salvo que tengan que desplazarse por alguno de los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y centros de enseñanza obligatoria.
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
  • Otras recomendaciones generales:

    1º) A las personas que padezcan síntomas compatibles con la COVID-19, la permanencia en sus domicilios y contactar telefónicamente con los servicios de salud.

    2º) A las personas mayores o personas con condiciones crónicas con un riesgo adicional de padecer formas graves de COVID-19, la permanencia en el domicilio mientras dure la situación epidemiológica adversa.

    3º) Establecer servicios de envío a domicilio u horarios de atención prioritaria a ciertos grupos de edad o personas con determinadas condiciones crónicas de salud, especialmente supermercados y farmacias.

    4º) Limitar el número de contactos al mínimo posible, preferiblemente a los grupos de convivencia habitual.

    5º) Optar por la opción del teletrabajo, siempre que esté disponible y compatible con el buen funcionamiento de las Organizaciones.

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