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Santo Domingo de la Calzada
lunes, 19 de mayo de 2025

Promoción de emprendimiento en economía verde y digital y ayudas al emprendimiento y microempresas.

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Beneficiarios:

En el Capítulo II_ Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad mediante la promoción del emprendimiento en economía verde y digital, serán beneficiarias las Entidades locales y las entidades sin ánimo de lucro que promuevan proyectos de emprendimiento.

 

En el Capítulo III_ Proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad mediante ayudas al emprendimiento y microempresas, serán beneficiarias las personas que se establezcan como trabajadores autónomos o se incorporen como socios de cooperativas o sociedades laborales. También trabajadores autónomos que se incorporen como socios a comunidades de bienes o sociedades civiles de nueva creación, siempre que soliciten la ayuda a título personal. Los trabajadores que pretendan beneficiarse de las subvenciones, deberán darse de alta en el plazo de un mes previo a la presentación de la solicitud de subvención.

La cuantía máxima de la subvención será de 5.000€.

La concesión de estas ayudas estará condicionada a que el beneficiario se comprometa mediante declaración responsable a realizar los gastos o inversiones materiales necesarias para crear y mantener su puesto de trabajo en el plazo de dos años a partir de la fecha de alta como trabajador autónomo.

 Los gastos e inversiones materiales a tener en cuenta serán:

a)   Los que se adquieran en firme o mediante un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra incluido en locales comerciales e industriales o bienes inmuebles dedicados a la actividad, maquinaria, instalaciones y utillaje.

b)   Adquisición de mobiliario.

c)   Adquisición de elementos de transporte necesarios para el desarrollo de la actividad. En caso de adquisición de vehículos, será necesario disponer del correspondiente permiso de circulación a nombre del solicitante o, en su caso, de la sociedad civil.

d)   Gastos de cuotas a la Seguridad Social, alquiler, constitución, funcionamiento, mercaderías o materias primas, asistencia técnica y formación necesarios para el desarrollo de la actividad profesional.

e)   Tributos locales y tasas asociados a la actividad.

f)    Aportación, en su caso, a la cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral para la obtención de la condición de socio de trabajo y para el mantenimiento de su puesto de trabajo.

Plazo: Se podrán presentar desde el 15 de marzo de 2022 hasta el 31 de octubre de 2023 o hasta agotar la disponibilidad presupuestaria del ejercicio.

Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada. 

Más información https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25130

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