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miércoles, 2 de octubre de 2024

Medidas de prevención e higiene contra el COVID 19

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Principales novedades

Las principales novedades acordadas ayer hacen referencia al número máximo de personas que pueden estar reunidas en espacios públicos y privados, siempre manteniendo la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de la mascarilla.

En términos generales, en las reuniones sociales se establece un límite de diez personas, salvo en el caso de los convivientes y en las actividades cuyas excepciones detallará el BOR. Por ejemplo, los velatorios y entierros que podrán celebrarse con un máximo de 15 asistentes en espacios cerrados y 25 en espacios al aire libre o las celebraciones posteriores a las ceremonias religiosas o civiles, a las que podrán asistir un máximo de 30 personas en espacios cerrados y 50 al aire libre. También se establece un límite máximo de cien participantes en los eventos deportivos, congresos y eventos de naturaleza pública o privada, así como un aforo máximo del 75% en cines o teatros. 

Igualmente, se recomienda reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable a un máximo de 6 personas.  

No se establecen límites de aforo para los establecimientos comerciales, siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia interpersonal y se utilice la mascarilla. En hostelería y en cualquier establecimiento que ofrezca servicios de restauración, el aforo será de un máximo de 50 personas al aire libre y 30 personas en el interior. Por su parte, en los albergues turísticos el aforo máximo será del 40% y no se permitirá la pernoctación en una misma estancia de personas que pertenezcan a distintas unidades de convivencia.

Continúa vigente la suspensión de la actividad de los denominados bares especiales (bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo), clubes, bares americanos, pubs, discobares, karaokes, discotecas y salas de fiesta. Además, la celebración de actos multitudinarios con motivo de las fiestas patronales, así como verbenas, atracciones en recintos feriales y equivalentes queda en suspenso este año.

Para evitar su celebración de manera no oficial por parte de la población, se prohíbe también el consumo colectivo de bebidas alcohólicas en cualquier tipo de espacio público (calles, parques, plazas…), actividad comúnmente denominada ‘botellón’.

También queda prohibida la actividad y uso de los locales particulares denominados chamizos, cuartos o bajeras.

Los clubes de alterne o prostíbulos deberán permanecer cerrados, con independencia de la licencia de actividad bajo la que operen.

Posibilidad de establecer medidas excepcionales.

El Acuerdo de Gobierno alcanzado hoy también establece que, en función de la situación epidemiológica de las distintas zonas o municipios de La Rioja, se podrán establecer medidas excepcionales, como una mayor limitación de los aforos o del número de personas que pueden estar reunidas, así como la posibilidad de establecer cierres perimetrales u otras medidas de confinamiento y reducción de la movilidad social.

También se establece la posibilidad de realizar Campañas de Cribado Perimetral, consistentes en la realización de pruebas PCR entre aquellas poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas a la transmisión del coronavirus, como la que se ha realizado recientemente en Alfaro, pero también en barrios con transmisión comunitaria, centros educativos, bloques de viviendas afectadas…

Para cortar la cadena de transmisión del COVID-19 y facilitar la trazabilidad de los contactos, los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar o entidad tendrá la obligación de facilitar a las autoridades la información de las personas potencialmente afectadas que puedan haber utilizado sus servicios. El Gobierno de La Rioja está trabajando en una aplicación informática a través de códigos QR que pondrá a su disposición y a la de sus clientes para facilitar el suministro de esta información a las autoridades sanitarias y facilitar el seguimiento de los posibles contactos.

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